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14 de abril de 2021

Amparos promovidos por la Defensoría del Pueblo a favor de pacientes con COVID-19.




Otorgaron la medida cautelar a favor del paciente A.N.M.B. de 82 años de edad, internado en cuidados intensivos en un Sanatorio Privado, bajo los términos considerados y solicitados como medida de urgencia.

Las medidas solicitadas y otorgadas de manera provisoria como medida de urgencia son las siguientes:

-1- Que el paciente, siga recibiendo la asistencia médica del Sanatorio Privado donde se encuentra actualmente internado, pero (en este caso) a cargo y costas del IPS; o,
-2- Que se ordene de manera inmediata el traslado a una Unidad de Terapia Intensiva disponible del IPS, o en su defecto,
-3- Que el paciente sea beneficiado con la aplicación de los Contratos de Servicios suscritos entre el IPS y Sanatorios Privados, o en el marco del Convenio de Cooperación vigente por la declaración de Emergencia Sanitaria entre el MSPyBS, el IPS y los Centros Médicos Privados.


Dicha medida de Urgencia fue otorgada por el Juzgado Penal de Garantías Nro. 12 de la Capital.

De igual forma, otorgaron la medida cautelar a favor del paciente P.B.B., internado en cuidados intensivos en un Sanatorio Privado, bajo los términos considerados y solicitados como medida de urgencia.

Las medidas solicitadas y otorgadas de manera provisoria como medida de urgencia son las siguientes:

-1- Que el paciente, siga recibiendo la asistencia médica del Sanatorio Privado donde se encuentra actualmente internado, pero (en este caso) del MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL; o,
-2- Que se ordene de manera inmediata el traslado a una Unidad de Terapia Intensiva disponible del Sector público, o en su defecto,
-3- Que el paciente, sea beneficiado con la aplicación de los Contratos de Servicios suscritos entre el MSPyBS, Sanatorios Privados, o en el marco del Convenio de Cooperación vigente por la declaración de Emergencia Sanitaria entre el M.S.P.yB.S. y los Centros Médicos Privados.


Medida de Urgencia, otorgada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral del 6to. Turno de la Capital.




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