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Fecha:


 

CONVENIOS FIRMADOS AÑO 2006
• Convenio marco de cooperación recíproca entre la Defensoría del Pueblo y la Administración Nacional de Electricidad (ANDE)
Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Confederación de funcionarios y empleados estatales (CONFEE) y la Defensoría del Pueblo
• Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Defensoría del Pueblo y la Secretaría de la Niñez y la Adolescencia de la Presidencia de la República
 

 

 

 

Convenio marco de cooperación recíproca entre la Defensoría del Pueblo y la Administración Nacional de Electricidad (ANDE):

Este Convenio tiene por objeto la Cooperación Interinstitucional entre la Defensoria del Pueblo y la Administración Nacional de Electricidad a los siguientes efectos: Intercambio tecnológico, el asesoramiento y la implementación de servicios y proyectos conjuntos en los ámbitos del desenvolvimiento institucional de la Defensoría del Pueblo y la Administración Nacional de Electricidad.

Este convenio abarcará prioritariamente los siguientes puntos:
     *La formación de Recursos Humanos y la transferencia de conocimientos técnico-científicos en las áreas de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica.
     *El desarrollo conjunto de programas de pasantías.
     *El desarrollo de recursos y paquetes tecnológicos.
     *Programas de Asistencias Reciprocas.
     *Otros Proyectos técnicos, educativos y culturales.

El presente convenio se ejecutará por medio de acuerdos específicos a ser suscriptos entre las partes los cuales consignaran las propuestas de servicios concretos en el marco de las directrices.

Los acuerdos específicos deberán contener como mínimo los elementos siguientes:
     *Objetivos
     *Recursos y Administración
     *Designación de los Coordinadores y Equipo Técnico – Científico
     *Tareas Principales
     *Vigencias

Ambas partes deberán supervisar la ejecución de los Acuerdos Específicos, así como proponer soluciones a los inconvenientes de orden técnico y/o administrativo que eventualmente surjan

 

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Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Confederación de funcionarios y empleados estatales (CONFEE) y la Defensoría del Pueblo.

Este convenio tiene por objeto:

Lograr la Concienciación de la importancia de los Derechos Humanos a través de los cursos de formación, charlas, conferencias audiovisuales, etc.

Implementar Programas de Reconocimientos a aquellas personas que se destaquen en la defensa de los Derechos Humanos. Las partes estipulan que llevará el nombre “Carmen Lara Castro”

La Defensoría del Pueblo a través de su repartición u oficina designada facilitará al personal técnico capacitado, todo el material necesario para la realización de los cursos de formación, seminarios, charlas, conferencias, etc. Así como los certificados de participación correspondiente

 

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Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Defensoría del Pueblo y la Secretaría de la Niñez y la Adolescencia de la Presidencia de la República

A través de este convenio La Defensoría del Pueblo y Secretaria de la Niñez y la Adolescencia establecen una amplia implementación de acciones como las que contempla la Política Nacional de Niñez y Adolescencia.

Forma de Cooperación: Para alcanzar el objetivo de este acuerdo las partes se comprometen a articular las siguientes acciones conjuntas:

     a- La creación de redes de Cooperación Interinstitucional en el interior del país entre las Consejerías Municipales (Codenis) y las oficinas de la Defensoría del Pueblo para la tramitación de casos.
     b- Promover y Difundir los derechos de la niñez y la adolescencia
     c- Intercambiar información y experiencias
     d- Cooperar en cuanto a la iniciativa legislativa, en principios de ley que incorporen los Principios de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
     e- Implementar Programas de capacitación y sensibilización comunitaria
     f- Para cada emprendimiento específico, se conformará un Equipo Técnico Interdisciplinario, que programará y atenderá la ejecución del mismo, de manera coordinada y consensuada
     g- En caso necesario se podrán precisar o ampliar otras acciones específicas mediante adendas que formarán parte de este convenio

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