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Asunción, 10 de noviembre de 2006.
ORGANIZAN LA DEFENSORÍA DEL
PUEBLO Y EL ICDH
La “Trata de Personas” como tema de Charla
en Oñondivepá
La “trata de personas” que es la captación,
el traslado o la recepción de personas recurriendo
a la amenaza o al uso de la fuerza con fines de explotación
sexual es un fenómeno que afecta a todas las regiones
y a la mayoría de los países del mundo.
Paraguay no está ajeno a esta realidad es por eso
que la Defensoría del Pueblo y el Instituto de
Capacitación de Derechos Humanos (ICDH) llevarán
a cabo una charla denominada “Trata de Personas”
hoy viernes 10 de noviembre a las 18:15 horas en el Centro
Educativo de Alfabetización de Jóvenes y
Adultos nº 152 “Oñondivepá”
en el Barrio Dr. Roberto L. Petit (calle 36 Proyectadas
e/ Paí Pérez y Capitan Figari) Bañado
Sur.
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Arancha Sánchez Vicario, tenista www.20minutos.es |
El objetivo de la Charla es informar que se entiende
por trata de personas, profundizar los temas que encienrran este
“negocio” y que está afectando a todo el país,
principalmente a las mujeres jóvenes y a las adolescentes.
Pretende además, contribuir a una lectura de la problemática
que favorezca el diseño de estrategias para su abordaje
y que responda a las necesidades diversas de las personas afectadas.
El disertante de la conferencia es el Dr. Gustavo
Agüero, alumno del Curso Interdisciplinario de Derechos Humanos
del ICDH. Para mayor información pueden comunicarse al
Teléfono: 452 601 con la Lic. Sonia Fernández de
Guillaume.
Artículos en la web
Trata de niños, niñas
y adolescentes
El tráfico de niños y niñas
para la explotación sexual comercial coincide con las pautas
del tráfico de mujeres para la industria del sexo y con
las pautas de crecimiento del sector de comercio del sexo.
El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar
la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños que
complementa la Convención contra la Delincuencia Organizada
Transnacional así lo define:
Por "trata de personas" se entenderá
la captación, el transporte, el traslado, la acogida o
la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al
uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto,
al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación
de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de
pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona
que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.
Esa explotación incluirá, como
mínimo, la explotación de la prostitución
ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos
o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas
a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
El consentimiento dado por la víctima
de la trata de personas a toda forma de explotación que
se tenga la intención de realizar descrita en el apartado
a) del presente artículo no se tendrá en cuenta
cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados
en dicho apartado.
La captación, el transporte, el traslado,
la acogida o la recepción de un niño con fines de
explotación se considerará "trata de personas"
incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados
en el apartado a) del presente artículo; por "niño"
se entenderá toda persona menor de 18 años.
Paraguay
Estudios nacionales
Tráfico de seres humanos en
el Paraguay. OIM, 2005
Estudio que brinda un primer acercamiento al
problema del tráfico y/o trata de personas con fines de
explotación sexual en el país, constituye un insumo
para profundizar en el conocimiento de un problema complejo que
está afectando a todo el país, principalmente a
las mujeres jóvenes y a las adolescentes. Pretende además,
contribuir a una lectura de la problemática que favorezca
el diseño de estrategias para su abordaje y que responda
a las necesidades diversas de las personas afectadas.
Manuales y guías
Manual de intervención en la trata de
personas.Secretaría de la Mujer de la Presidencia de la
República-Paraguay, 2006
Material de carácter introductorio que
apunta a proporcionar una visión integral de la trata de
personas y de aquello que se requiere hacer para prevenir, detectar
la trata, reprimir y sancionar a los tratantes, y atender a las
personas víctimas. Contiene toda la información
necesaria sobre la trata de personas, incluyendo conceptos, normas,
principios, enfoques, estrategias y rutas de intervención.
Fuente: Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar
la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños que
complementa la Convención contra La Delincuencia Organizada
Transnacional . www.oit.org.pe.
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