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Fecha:


 

 

Asunción, 10 de noviembre de 2006.

ORGANIZAN LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO Y EL ICDH
La  “Trata de Personas” como tema de Charla en Oñondivepá

La “trata de personas” que es la captación, el traslado o la recepción de personas recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza con fines de explotación sexual es un fenómeno que afecta a todas las regiones y a la mayoría de los países del mundo.

Paraguay no está ajeno a esta realidad es por eso que la Defensoría del Pueblo y el Instituto de Capacitación de Derechos Humanos (ICDH) llevarán a cabo una charla denominada “Trata de Personas” hoy viernes 10 de noviembre a las 18:15 horas en el Centro Educativo de Alfabetización de Jóvenes y Adultos nº 152 “Oñondivepá” en el Barrio Dr. Roberto L. Petit (calle 36 Proyectadas e/ Paí Pérez y Capitan Figari) Bañado Sur.


Arancha Sánchez Vicario, tenista www.20minutos.es

El objetivo de la Charla es informar que se entiende por trata de personas, profundizar los temas que encienrran este “negocio” y que está afectando a todo el país, principalmente a las mujeres jóvenes y a las adolescentes. Pretende además, contribuir a una lectura de la problemática que favorezca el diseño de estrategias para su abordaje y que responda a las necesidades diversas de las personas afectadas.

El disertante de la conferencia es el Dr. Gustavo Agüero, alumno del Curso Interdisciplinario de Derechos Humanos del ICDH. Para mayor información pueden comunicarse al Teléfono: 452 601 con la Lic. Sonia Fernández de Guillaume.

Artículos en la web

Trata de niños, niñas y adolescentes

El tráfico de niños y niñas para la explotación sexual comercial coincide con las pautas del tráfico de mujeres para la industria del sexo y con las pautas de crecimiento del sector de comercio del sexo.

El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños que complementa la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional así lo define:

Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.

Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar descrita en el apartado a) del presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado.

La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará "trata de personas" incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artículo; por "niño" se entenderá toda persona menor de 18 años.

Paraguay

Estudios nacionales

Tráfico de seres humanos en el Paraguay. OIM, 2005

Estudio que brinda un primer acercamiento al problema del tráfico y/o trata de personas con fines de explotación sexual en el país, constituye un insumo para profundizar en el conocimiento de un problema complejo que está afectando a todo el país, principalmente a las mujeres jóvenes y a las adolescentes. Pretende además, contribuir a una lectura de la problemática que favorezca el diseño de estrategias para su abordaje y que responda a las necesidades diversas de las personas afectadas.

Manuales y guías

Manual de intervención en la trata de personas.Secretaría de la Mujer de la Presidencia de la República-Paraguay, 2006

Material de carácter introductorio que apunta a proporcionar una visión integral de la trata de personas y de aquello que se requiere hacer para prevenir, detectar la trata, reprimir y sancionar a los tratantes, y atender a las personas víctimas. Contiene toda la información necesaria sobre la trata de personas, incluyendo conceptos, normas, principios, enfoques, estrategias y rutas de intervención.

Fuente: Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños que complementa la Convención contra La Delincuencia Organizada Transnacional . www.oit.org.pe.

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