| OBJETIVOS:
1- Cooperar con el cumplimiento
de los procedimientos establecidos en las Leyes Nº
838/96 y 3603/08, y de las disposiciones establecidas
en las Resoluciones dictadas por el Defensor del Pueblo.
2- Favorecer toda acción
tendiente al estudio de la documentación obrante
en los expedientes en trámites del área
de Indemnización conforme a las Leyes 838/963 y
3603/08.
3- Realizar análisis
y cruzamientos de todas las Resoluciones, documentos y
expedientes que se haga llegar a esta oficina, de manera
a obtener información y aclaración de las
quejas y dudas que surgan.
FUNCIONES:
1- Realizar auditoría
de las Resoluciones dictadas por el Defensor del Pueblo
partiendo desde la última resolución hasta
la primera, dictada en el año 2002, priorizando
en este caso, aquellas cuyo pago aún no fueron
ejecutados, previa solicitud por escrito a la oficina
encargada de los expedientes que se encuentran en situación
de archivo en Biblioteca y Archivo de la Defensoría
del Pueblo.
2- Establecer una meta,
en cuanto a la cantidad de expedientes, (no menos de veinte)
en forma diaria a los efectos de auditar las resoluciones
y los Habeas Data que sirvieron de fundamentos a las mismas.
3- Contar con la Base
de Datos del Centro de Documentación y Archivo
para la Defensa de los Derechos Humanos, considerando
que es un archivo de solo lectura, por lo que se considera
suficiente información y prueba a la hora de cotejar
con los documentos que deberán ser sometido a verificación.
4- Auditar las Resoluciones
dictadas, realizar las correspondientes fotocopias, a
fin de solicitar nota mediante al Director del Centro
de Documentación y Archivo del Poder Judicial la
autenticidad de los mismos, a los efectos de dictaminar
sobre la validez de aquellas pruebas presentadas o de
impugnarlas si resultasen adulteradas y derivar a manos
de las autoridades correspondientes en su caso.
5- Monitorear y mantener
constante comunicación con los Directivos del Centro
de Documentación y Archivo del Poder Judicial a
los efectos de intercambiar informaciones, ideas y proyectos
en miras de un mejor cumplimento de las funciones de ambas
instituciones y proteger de esta manera la imagen de las
mismas.
6- Hacer un seguimiento
de las investigaciones que se encuentran efectuando las
autoridades intervinientes en los casos de adulteración
de Documentos provenientes del Centro de Documentación
y Archivo del Poder Judicial, en miras de un esclarecimiento
de las numerosas irregularidades que fueron denunciadas
en el ámbito de la Indemnización.
7- Recibir y verificar
los expedientes que se encuentran en trámite dentro
del área de indemnización conforme a las
Leyes Nº 838/96 y 3603/08 de los respectivos Delegados
a pedido de los mismos, cuando consideren que las pruebas
arrimadas sean de origen o contenido dudosos.
8- Dictaminar, si corresponde,
sobre la validez de los Habeas Data, una vez contestada
por los encargados del Centro de Documentación
y Archivo para la Defensa de los Derechos Humanos sobre
la autenticidad de los mismos, y de esta manera dar curso
favorable a la solicitud de indemnización de los
respectivos expedientes en trámite.
9- Detectar alguna irregularidad
como sería el de la adulteración de los
documentos que sirven de prueba, ésta oficina,
debe dictaminar y sugerir al Señor Defensor del
Pueblo tomar las medidas correspondientes y efectuar la
denuncias a las autoridades competentes.
10- Solicitar la remisión
de los expedientes en forma periódica a las Delegaciones
encargadas de la Indemnización a los efectos de
auditar sobre las actuaciones realizadas en los mismos
y en miras de cumplimentar las reglas procedimentales.
11- Considerar los documentos
provenientes del Centro de Documentación y Archivo,
cuando los mismos son a pedido de la Defensoría
del Pueblo mediante nota firmada por la máxima
autoridad, por lo que resultaría innecesario volver
a solicitar la autenticación de los mismos.
12- Elaborar y remitir
informes en forma constante sobre las gestiones realizadas
por esta Dependencia, a la Dirección de Delegaciones
de Asunción y al Señor Defensor del Pueblo.
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