El jueves 21 de mayo, la Cámara de
Senadores podría aprobar el Proyecto de “LEY
DE CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS DE USO AGRICOLA”
Esta ley establece entre otros puntos negativos la exclusión
del Ente Rector de la Salud Pública en funciones
que le son indelegables en transgresión de la Constitución
Nacional y del Código Sanitario. Así, el
Art. 22 del referido proyecto pretende atribuir al Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)
funciones privativas del Ministerio de Salud Pública
y Bienestar Social: la evaluación de los efectos
de los plaguicidas sobre la salud humana (evaluación
toxicológica), no obstante ser el Centro Nacional
de Toxicología (CNTox) dependiente del MSPyBS la
institución de referencia que tiene las atribuciones
correspondientes y cuenta con laboratorio y recursos humanos
especializados.
Por otro lado, de de acuerdo con el Art. 27 del proyecto
de Ley, se posibilita el registro de plaguicidas: a) para
los que no existan métodos para la desactivación
de sus componentes; b) que carezcan de antídoto;
c) que provoquen disturbios hormonales; d) que provoquen
daños al aparato reproductor; e) que tengan efectos
neurotóxicos f) cuando su uso no esté permitido
en el país que lo desarrolló o que lo fabrica;
g) que tenga fórmulas secretas o componentes indefinidos
o dispositivos cuyas características técnicas
o de funcionamiento no se declaren.
Así mismo, disminuye y deja en la práctica
sin efecto, una serie de medidas de seguridad hoy vigentes
contenidas en los Decretos 18.831/86 y 2048/04 y Res.
485/03 del Ministerio de Agricultura y Ganadería
destinadas a la protección de la vida, la salud
y el ambiente referidas a franjas de seguridad, barreras
vivas, franjas de bosque protector y aviso previo a los
vecinos para pulverización aérea.
Por estos motivos, entre otros, la Comisión Interinstitucional,
conformada por organizaciones campesinas como la MCNOC,
FNC, ONAC, CONAMURI, OTL, organizaciones civiles como
Red de ONGs del Paraguay PO JO AJU, Red Rural, ROAM, Instituciones
Públicas, como el Ministerio de Salud Publica y
Bienestar Social (M.S.P. y .B.S.), la Secretaria del Ambiente
(SEAM), la Secretaria de la Niñez y la Adolescencia
(SNNA) y otros sectores como la Pastoral Nacional, la
Confederación de Religiosos del Paraguay (CONFERPAR),
la Conferencia Episcopal Paraguaya (CEP), el Sector Indigenista
representado por la CAPI, la Red de Entidades Privadas
al Servicio de los Pueblos Indígenas, entre otros,
a lo que se une la Defensoria del Pueblo, se oponen a
la aprobación el proyecto de LEY DE CONTROL DE
PRODUCTOS FITOSANITARIOS DE USO AGRICOLA, en la presentación
actual.
Se invita a la ciudadanía en general a interiorizarse
del contenido del Proyecto de Ley de “CONTROL DE
PRODUCTOS FITOSANITARIOS DE USO AGRICOLA” al http://www.senado.gov.py/silpy/main.php?pagina=info_proyectos&idProyecto=1896
Con la aprobación del referido proyecto de Ley
se dejaría sin efecto al Decreto Presidencia que
actualmente se encuentra en vigencia con tres meses de
suspensión. Ver en http://www.presidencia.gov.py/decretos/DECRETO1937.pdf
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Eva Gimenez
Dpto. del Ambiente.
Defensoria del pueblo
ambiente@defensoriadelpueblo.gov.py
595 21 452 602/05 int. 121