En fecha 13 de setiembre de 2007, la
Defensoría del Pueblo contesto la apelación
planteada por el I.P.S. en contra la Sentencia Nº
14 de fecha de 18 de abril de 2007, del Juez de Garantías
Pedro Darío Portillo que hizo lugar al Amparo promovido
por la Defensoría del Pueblo a favor del señor
Silvestre Nuñez Frasquiri quien es paciente renal
que está recibiendo el servicio de hemodiálisis
desde la sentencia mencionada, porque el I.P.S. se negaba
a brindarle el servicio debido a una Resolución
Interna que prevé que en caso de un atraso en el
pago por parte del asegurado por un periodo superior a
dos meses se pierde el Derecho a la prestación
del servicio cuestión que fue atacada por la Defensoría
del Pueblo debido que el señor Frasquieri llego
a recibir el Servicio e inclusive el atraso en el pago
del seguro fue solo de tres meses.