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Responsabilidad por descarga eléctrica
La Defensoria del Pueblo realizó una investigación
sobre el accidente sufrido por el señor Alfredo García,
de Santa Rosa del Mbutuy, para individualizar a las personas que
deben responder por los gastos que demandan la atención
hospitalaria del mencionado accidente.
Al respecto, la Administración Nacional
de Energía contestó con los siguientes términos:
“En el sentido expuesto cumplimos en
informarle, que el lamentable suceso generador del interés
de esa Defensoría del Pueblo, ocurrió en la compañía
de San Agustín de Santa Rosa del Mbutuy, dentro del inmueble
de propiedad del señor Jacinto Flecha y como consecuencia
del contacto accidental con el conductor de media tensión
que suministra la energía eléctrica en forma exclusiva
al citado y al señor Pablo Cáceres, por lo cual,
esa línea no es propiedad de ANDE, ni esta bajo administración
y custodia.
Como podrá comprender el señor
Defensor del Pueblo, no es posible que esta Institución
asuma responsabilidades por los hechos dañosos que hubieren
sido causado por líneas eléctricas de propiedades
de terceros, respecto de las cuales carece de toda posibilidad
y derecho de control y mantenimiento. Por lo mismo, le solicitamos
que sepa dispensar la imposibilidad de acceder a lo solicitado.”
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